Objeto:
La realización de programas dirigidos a reflejar la realidad LGTBI en la sociedad actual, de manera que situaciones de discriminación de las personas LGTBI y sus familiares se hagan visibles en la sociedad. Igualmente tiene por objeto el mantenimiento de las entidades LGTBI mediante el sostenimiento de las sedes y de la actividad ordinaria de las mismas.
Entidades beneficiarias: Entidades en cuyos estatutos esté previsto que sean LGTBI y que entre sus principales destinatarios se encuentre dicho colectivo o sus familiares.
Conceptos subvencionables:
Mantenimiento de entidades LGTBI, mediante el sostenimiento de la actividad diaria de la entidad, a través de la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin.
Programas de entidades LGTBI. Así, con carácter general, se podrán subvencionar programas que contemplen las siguientes actuaciones:
Órgano competente para resolver:
La persona titular de la Dirección General de Participación Ciudadana y Voluntariado de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.